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20 marzo 2008

SIN ABOGADOS


Un conductor absuelto por conducir a 260 reclama una considerable indemnización al estado.
El conductor que pese a circular a 260 kilómetros por hora fue absuelto al entender que no incurrió en un delito de conducción temeraria, ha exigido una indemnización al Estado de 313.454 euros por los daños y perjuicios que le ha causado la retirada del carné durante trece meses.
El conductor especificó en la reclamación que durante los trece meses que estuvo sin el carné de conducir sufrió la situación de lucro cesante en el kilometraje en su trabajo, la imposibilidad del permiso de caza y coto, y el daño moral al aparecer su fotografía en la prensa. El letrado ovetense José Carlos Botas, interpuso una reclamación de responsabilidad patrimonial a la Administración de Justicia por la retirada del carné de forma cautelar durante trece meses. La responsabilidad patrimonial es la forma de reclamar una indemnización a la Administración. Constantino, natural de Villayón y residente en Ribadeo (Lugo), de 42 años, negó en su momento el hecho de ir a 260 porque el coche, un Audi A-8, tiene un limitador de velocidad de 250 kilómetros por hora, con dos cojones, que mas da 250 que 260 si a partir de 120 ya es ilegal???.Mientras que la sentencia mantiene como hechos probados que Constantino circulaba a 260 kilómetros por hora cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía autonómica A-231 (León-Burgos). Según la sentencia, aunque ir a 260 kilómetros por hora constituye una conducta manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación, que crea rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad, no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto, requisito necesario para aplicar el artículo 381 del Código Penal. Entonces… según estos hechos habría un claro vacío legal, cualquiera podría ir a la velocidad que quisiese siempre y cuando sea en Autopista y no haya ningún vehiculo cerca al que poner en peligro, no? En fin… otro claro ejemplo de cómo se redactan las leyes en este país.

1 comentario:

xoxoromero dijo...

pues nada ha partir de ahora habra que hacer como este tiparraco cunado nos pongan una multa por ir muy rapido con decirle al juez que nadie corria peligro solucionado no? hay que tener la cara mas dura que el hormigon y encima se ermite ellujo de robarme, porque ha pedir una indemnizacion al estado, nada menos que de mas de 300.000 euros, mo los esta pidiendo ha mi el cual seguramente en el proximo control me pondran una multa de cualquier forma para conpensar el robo de este caradura, y digo yo ¿si en vez de retirarle el carnet 13 meses o deportan no saldriamos ganando todos? pues eso caradura vete a la mierda que encima con a-6 no te sobrara el dinero desgraciado.